viernes, 22 de abril de 2016

Clases




Según la oportunidad, la conciliación puede ser de tres formas:

 1. Preprocesal: es la que se realiza voluntariamente, antes de haberse iniciado el proceso.

 2. Procesal: se da dentro del proceso y consta de cuatro etapas: la apertura, identificación del conflicto, negociación y cierre.

 3. Extrajudicial: se da cuando está en curso el proceso y las partes acuden a este método alternativo de solución de conflictos, por medio de un centro de conciliación o un conciliador en equidad.

 Según el tipo de decisión, es en derecho o en equidad:

 • En derecho, es aquella orientada a solucionar los conflictos entre las partes, sujetándose a la normatividad jurídica.

 • En equidad, el proceso es llevado a cabo y en cabeza de una persona reconocida dentro de algún grupo social o comunidad, por la experiencia, honestidad y sabiduría, no es fundamental el conocimiento jurídico, es decir lo más importante es que la persona que la lleve a cabo tenga la capacidad para solucionar conflictos.

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